Las garras del litio
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La Nueva Constitución de Jujuy contempla conceptos novedosos, pero cuyos costos es lo que se manifiesta en las calles. Exclusivo: el nombre y apellido del lobbista dispuesto a entregar el litio a interéses extranjeros.
Por Lea Ross
La Luna con Gatillo leyó uno por uno los artículos de la reforma, más el articulado de la Constitución anterior, promulgada en el año 1985. La conclusión que se saca es de una estructuración con arraigue de liberalismo al extremo. Para ser más precisos: se pautan los beneficios y sus costos. La modernidad es el beneficio. El saqueo y la represión son sus costos.
La cuestionada Constitución impone al Estado regular ciertos tópicos bien contemporáneos, que no aparecen ni siquiera en otras constituciones provinciales, tales como cambio climático, bioeconomía, economía circular, economía popular, inteligencia artificial, protección de datos, derechos de los niños, niñas y adolescentes, etc., etc., etc. Temas que están siendo abordados en el mundo en el ahora y que la normativa se para de frente.
Toda esa regulación sobre temas novedosos y venideros tienen su contraparte en cuanto a lo ya denunciado en las calles. Como si para poder llevar a cabo eso, se debe reconocer que las puertas del progreso no están abiertas para todxs.
F oto: Edgardo Varela para Télam.
La primera modificación es la del Artículo 3, que pauta tres incisos para reafirmar la autonomía provincial. Lo que cambia es que ahora son más extensos. En el inciso 1, estable que a los funcionarios provinciales y municipales (ya no habla de “representantes de la Provincia”) que no acaten con esa máxima, serán “responsables políticamente ante la Legislatura en la forma y en las condiciones que determine la ley”. ¿Será acaso una entrada “macartista” para perseguir aquellos que avalen el “turismo piquetero” como decía Morales, en caso de otro triunfo peronista a nivel nacional? En el inciso 2, reafirma el aval de realizar tratados y convenios, como “ejercer los derechos relativos al dominio originarios de sus recursos naturales” (punto 2) y “celebrar convenios internacionales con potencias extranjeras para la satisfacción de sus intereses científicos, culturales, económicos o turísticos” (punto 4). Olor a litio.
En el Artículo 6, reafirma el rechazo a toda represión policial que contradiga a la Constitución. Y agrega un último inciso que declara que quien “cometiere delitos dolosos en perjuicio de la administración pública provincial o municipal que conlleven enriquecimiento, propio o de terceros, también atenta contra democracia”, poniendo en la misma balanza a determinados “terceros”, o dirigentes sociales, que son investigados por fraguar fondos públicos, como las denuncias contra la Tupac Amaru.
Poco se ha mencionado del Artículo 22, sobre la defensa del ambiente, a pesar que funciona como una síntesis de todo esto. Allí se agrega incisos referidos al “desarrollo de un sistema de áreas protegidas” y “el derecho a la educación ambiental, al acceso a la información pública ambiental, a la participación pública y al acceso a la justicia”. Todos temas que también están en la actual agenda global sobre políticas ambientales. Sin embargo, se borraron todos los apartados que le exige al Estado lo siguiente: “Prevenir, vigilar, contener y prohibir las fuentes de polución evitando sus efectos, así como los perjuicios que la erosión ocasiona” y “Eliminar o evitar, ejerciendo una efectiva vigilancia y fiscalización, todos los elementos que puedan ser causa de contaminación del aire, el agua, el suelo y en general, todo aquello que de algún modo afecte o pudiere afectar el entorno de sus pobladores y de la comunidad”. Es decir: el Estado ya no se hace cargo de evitar el surgimientos de contaminación ambiental, pero te garantiza que te puedas informar.
Eso último se enlaza con el hipercuestionado Artículo 36, donde se suponía que se iba a dar de baja según el famoso anuncio televisado del gobernador, pero sin confirmación alguno. El mismo, habla del derecho a la propiedad privada. En la Constitución original, establecía que su ejercicio “debe ser regular y no podrá ser efectuado en oposición a la función social o en detrimento de la salud, seguridad, libertad o dignidad humanas”. Todo eso se borró. En su reemplazo, se establece que las leyes procesales “deben incorporar mecanismos y vías rápidas y expeditivas que protejan la propiedad privada y restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular”. Es decir, en beneficio del propietario que deteriora la salud, la seguridad, la libertad o la dignidad humana. Finalmente, agrega un inciso final contra las tomas de tierra, al considerarlas una “grave violación”, y brega por una “ley especial [que] determinará las condiciones para el desalojo”, aún “cuando los autores de la ocupación no consentida se atribuyan la representación o los derechos del pueblo”.
El otro artículo, que se suponía que se iba a eliminar, es el número 50, sobre “Derecho y garantías de las comunidades de los pueblos indígenas”, cuyos incisos establecen que el “Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan”, pero que a la vez “promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano”, generando una confusión sobre si esas “otras tierras” serían en reemplazo de las ancestrales.
Y finalmente, el flamante artículo titulado “Derecho a la paz social y la convivencia democrática”, cuyo inciso 4, establece que las leyes deben contemplar, los siguientes tres aspectos:
1) ejercer los derechos sin obstaculizar el ejercicio de otros derechos;
2) reglamentar el ejercicio del derecho a manifestarse, para garantizar el disfrute común del espacio público;
3) prohibir cortes de calles, de rutas, otras perturbaciones al derecho a circular y la ocupación indebida de edificios públicos.
Luego del juramento a la Constitución, en plenas calles incendiadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante su declaración 127/23, se expidió sobre el tema donde “observa con preocupación las acciones que se llevan a cabo para disolver a las protestas en la provincia de Jujuy en Argentina, una de las provincias con mayor población indígena auto reconocida”. Por eso, “llama al Estado a respetar el derecho a la libertad de expresión, los estándares interamericanos del uso de la fuerza, y a llevar a cabo un proceso de diálogo efectivo, inclusivo e intercultural, en que se respete los derechos sindicales y de los pueblos originarios”.
“En cuanto a los cortes de ruta -sigue la CIDH-, se recuerda al Estado que estos son modalidades legítimas y protegidas por el derecho a la protesta. Es necesario que se tolere que las manifestaciones puedan generar cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana, por ejemplo, con relación al tráfico y las actividades comerciales, a fin de no privar de su esencia al derecho de reunión pacífica. En ese sentido, el ‘grado de tolerancia’ adecuado no puede definirse en abstracto y, por lo tanto, corresponde examinar las circunstancias particulares de cada caso.
De palos a pepitas
El litio sería el zeitgeist de todo esto, que se extrae por minería. Jujuy cuenta con cuerpos de agua salada para ser procesadas y extraer ese ligero alcalino, evitando métodos de extracción tradicionales que generan mayores expulsiones de gases de efecto invernadero, según la palabra corporativa. Las mineras solo pagan 3% de regalías a las provincias, y solo medido por valor boca mina, es decir, por el valor del mineral cuando es extraído. Y en Jujuy, desde 2014, tienen un Código Fiscal (Nº 5.791), que establece la quita de la tercera parte de esa cifra cuando se industrializa, en nuestro caso, en carbonato de litio. O sea, solo dejan un 2% boca de mina o un 1,6% si lo medimos en costos reales. Además, tienen los siguientes beneficios, marcados por la Ley de Inversiones Mineras (Nº 24.196):
- Estabilidad fiscal por 30 años, inhabilitando incrementos de carga tributaria total, restringir exenciones impositivas, aumento de alícuotas, creación de nuevos impuestos, etc.
- Deducción del impuesto a las ganancias mediante lo gastado en los estudios de factibilidad.
- Amortizaciones al mismo impuesto mediante un régimen optativo, con el fin de re-invertir en nuevos proyectos o ampliar las capacidad existentes.
- Exención del impuesto a las ganancias a las utilidades.
- Devolución de importes fiscales por las importaciones de bienes y servicios.
- Exención impositiva nacional para el 50% de lo capitalizado en el avalúo de las reservas.
- Exención del derecho a la importación (una suerte de legalización al contrabando).
Un verdadero paraíso fiscal para los intereses económicos y geopolíticos.
Vuelo de buitres
Hace un mes atrás, el mundo de las finanzas estuvo atento a la impactante noticia que las dos grandes corporaciones del negocio del litio se iban a fusionar: la estadounidense Livent y la australiana Allkem. Ésta última, tiene a su cargo el único proyecto de litio en Jujuy en producción: “Sales de Jujuy”, ubicado en el Salar de Olaroz, manejada en menor grado con Toyota y, mucho más abajo, la estatal Jujuy Energía y Minería SE. En todo el país, el otro proyecto de litio en funcionamiento es el Proyecto Fénix, en Catarmarca, a cargo de Livent. El nombre de la flamante firmaría sería NewCo, o sea, Nueva Corporación; la bateria de la originalidad quedó un poquito gastada.
Una página web institucional, cuyo nombre de dominio es “Global Lithium Leader” (que significa “Líder Mundial del Litio”), sería la antesala de esta firma que, todavía, no había oficializado su nombre de marca. En ella, hay una lista de siete “puntos claves”; dos de ellas hace mención a la Argentina. Allí se autoadjudica de que va a ser “un productor líder mundial de productos químicos de litio”, con ingresos de 1.900 millones de dólares. Considera tanto a Canadá como nuestro país de permitir activos “de alta calidad y bajo costo”, permitiendole a la empresa un ahorro de U$S 200 millones. En el último punto, señala que va a haber mejoras para sus “accionistas, clientes, empleados y comunidades locales, con un compromiso inquebrantable con la sostenibilidad y el crecimiento responsable”. Además, se señala que tanto Livent como Allkem tienen su pié en nuestro país: el primero, por tener su propio personal dentro de los 1.350 que trabajan full-time, junto con Estados Unidos, Inglaterra y China. Mientras que Allkem, subrayan que tiene una sede en Buenos Aires.
Hablando de sus accionistas, antes de la fusión Allekem-Livent, una investigación de la fundación FUNDEPS y el colectivo periodístico Ruido confirmó que los dueños de esas firmas eran entidades financieras con sede en Estados Unidos. Allkem tiene como principales accionistas a los bancos JP Morgan y el HSBC, recordados en nuestro país por haber abierto en secreto cuentas bancarias a reconocidas figuras acaudaladas de nuestra patria. A su vez, esos bancos tienen como accionistas a fondos de inversión como Vanguard y BlackRock, que también tienen entre sus inversiones a Livent.
Por si fuera poco, JP Morgan, HSBC, Vanguard y BlackRock son acreedores de la deuda externa de nuestro país.
Detrás de esto, hay un personaje no mencionado llamado Fernando Oris de Roa, que figura como “director no ejecutivo” de Allkem, ganando un honorario de casi 200 mil dólares.
El embajador del miedo
Su bisabuelo fue Lino Oris de Roa, oficial del Ejército, que participó de la Guerra contra Paraguay y participó de las últimas batallas libradas en la Patagonia en la llamada “campaña del Desierto”. Es lo que sostiene un conocido columnista de un portal también sindicado de estar subsumido a los intereses de la Embajada. En la actualidad, ese portal sostuvo que Jujuy perdió 700 millones de pesos de turismo por los cortes de ruta.
Pero antes de meterse en el negocio minero, Oris de Roa dirigía a partir de 2011 la empresa Expofrut SA, dedicaba al negocio de frutas en Río Negro. Fue en el mismo año que desapareció Daniel Solano, un trabajador “golondrina” que denunciaba las condiciones precarias y retención de la mitad de sus salarios a la compañía. En marzo de este año, la Corte Suprema confirmó la prisión perpetua a siete policías, acusados de haber asesinado a Daniel. Todavía sigue desaparecido, figura rémora de la Dictadura. Al igual que lo denunciado desde las calles jujeñas.
En 2016, Fernando Oris de Roa fue subsecretario de inversiones en el primer año de la primera gestión de Horacio Rodríguez Larreta, compañero de fórmula del gobernador Morales, en la jefatura porteña. Un año después, a finales de enero de 2018, el presidente Mauricio Macri lo designó en un cargo público peculiar, menos de cuatro meses antes que el mandatario contrajera el abultado crédito con el Fondo Monetario Internacional, la otra gran pata de la deuda externa actual. Hablamos de un organismo cuya sede está a un par de cuadras de la Casa Blanca, en Washington. El cargo peculiar de Oris de Roa que ocupaba en ese entonces era el de embajador argentino. ¿A qué no adivinan de qué país?
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